Decreto
I. Mediante Resolución del Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública 2021/10483, de fecha 2 agosto de 2021, con código CSV 82ef5fa7649cc5fcda5dd8af8d2a1f363f2a25a8, se aprobaron las Bases que regirán el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de espacios de la vía pública para la instalación de puestos destinados al desarrollo del Mercado de Artesanía para la campaña 2021-2024, ofertándose un total de 12 (doce) puestos, publicándose un extracto de las mismas en el BOP num.152 del 10 de agosto de 2021 y el anuncio completo en el Tablón de Publicaciones y en la página web municipal del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.
II. Visto el informe-propuesta de la Técnico del Departamento de Vía Pública- Unidad de Autorizaciones- con código CSV ea6d5cd6036001c06ec93984121c9d6e785fd331, respecto a la oferta de plazas vacantes existentes para la concesión de autorizaciones de ocupación de espacios de dominio público para el desarrollo de actividades de mercado de artesanía para la campaña 2021-2024.
III. Examinada la documentación obrante en el expediente de concesión de la autorizacion y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones; las Ordenanzas Municipales correspondientes y demás normas de general y pertinente aplicación, y en el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por el la Excmo. Sr. Alcalde, en virtud del Decreto n.º 5210, de 18 de junio de 2019, DISPONGO:
PRIMERO.- OFERTAR las plazas vacantes existentes para el otorgamiento de autorizaciones anuales de ocupación del dominio público para el desarrollo de actividades de Mercado de Artesanía durante la campaña 2021-2024:
12 puestos de actividad artesanal.
SEGUNDO.- PUBLICAR la presente resolución en el Tablón de Publicaciones y en la página web municipal del Excmo Ayuntamiento de Córdoba, aplicándose los mismos requisitos de las presentes bases dentro del periodo de esta convocatoria.
TERCERO.- OTORGAR UN PLAZO de 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación para la presentación de solicitudes y documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en las Bases reguladoras de la presente convocatoria.
EL CONCEJAL DELEGADO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VÍA PÚBLICA
Por D.F. Decreto n.º 6893, de 2 de septiembre de 2019
El Coordinador General de Seguridad, Vía Pública y Movilidad
EL TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, a los solos efectos de fe pública
Decreto
I. Visto el informe-propuesta del Técnico del Departamento de Vía Pública-Unidad de Autorizaciones con código CSV 1b2fe97ddebff9f53f5daff44341737ceb885c43 respecto de la apertura de la convocatoria así como la aprobación de las bases que regirán el otorgamiento de autorizaciones para el desarrollo de las actividades de expresión artística en espacios de público, para la campaña 2021-2024.
II. Examinada la documentación obrante en el expediente y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Publicas, las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones; las Ordenanzas Municipales correspondientes y demás normas de general y pertinente aplicación, y en el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por el la Excmo. Sr. Alcalde, en virtud del Decreto n.º 5210, de 18 de junio de 2019, DISPONGO:
PRIMERO.- AUTORIZAR la convocatoria para el otorgamiento de autorizaciones de ocupación del dominio público para la instalación de puestos de carácter portátil para el desarrollo del mercado de artesanía durante la campaña 2021-2024.
SEGUNDO.- APROBAR LAS BASES REGULADORAS que regirán el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de espacios de la vía pública para la instlación de puestos destinados al desarrollo del mercado de Artesanía para la campaña 2021-2024, y que se incopora a la presente resolución como ANEXO.
TERCERO.- Encomendar la tramitación de los expedientes relativos a esta convocatoria a la Unidad de Autorizaciones del Departamento de Vía Pública, dependiente de esta Delegación.
CUARTO.- Publicar un extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y el anuncio completo en el Tablón de Publicaciones y en la página web municipal, así como dar traslado a Policía Local y demás organismos e instituciones pertinentes para su conocimiento y efectos.
Por D.F. Decreto n.º 5210 de 18 de junio de 2019
EL CONCEJAL DELEGADO DE SEGURIDAD, VÍA PÚBLICA Y MOVILIDAD
Por D.F. Decreto n.º 6893, de 2 de septiembre de 2019
EL COORDINADOR GENERAL DE SEGURIDAD, VIA PÚBLICA Y MOVILIDAD.
EL TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, a los solos efectos de fe pública
Acta de adjudicación
I. Reunidos a las 09:00 horas del día 08 de noviembre de 2022 en las dependencias de la Unidad de Autorizaciones (Departamento de Vía Pública), sitas en la primera planta de las instalaciones municipales del Bulevar de Gran Capitán, en representación del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba:
D.ª Cristina Rodríguez Lizana, Jefa del Departamento de Vía Pública, que actuará como Presidenta de la Mesa de Adjudicación.
D.ª Rosa María Espejo Espejo, Jefa de la Unidad de Autorizaciones, que actuará como secretaria
II. Habiendo sido ofertadas mediante Decreto del Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública, de fecha 15 de septiembre de 2022, plazas vacantes para el otorgamiento de autorizaciones anuales de ocupación del dominio público para el desarrollo de actividades de expresión artística durante la campaña 2021-2024.
III. Finalizado el plazo previsto para la presentación de solicitudes de la citada convocatoria, en las que se ofertan 29 plazas vacantes para espectáculos y 3 para venta de arte, se procede a la lectura de las Bases reguladoras del otorgamiento de autorizaciones para actividades de expresión artística en la vía pública (años 2021-2024) aprobadas mediante Decreto del Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública de fecha 21 de julio de 2021.
IV. Comprobadas las solicitudes presentadas y de conformidad con la Base 9.6 del documento regulador de la convocatoria, se procede a confeccionar la lista provisional de admitidos y excluidos.
Reanudación de los plazos de los procedimientos administrativos
El día 14 de marzo de 2020 se publicó en el B.O.E. el Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y en el que se disponía la entrada en vigor de sus disposiciones desde el momento de su publicación en el B.O.E.
La Disposición adicional tercera del mentado Real Decreto establecía la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso las prórrogas del mismo.
Con posterioridad el Real Decreto 537/2020 de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en su artículo 9 disponía la reanudación o el reinicio, con efectos del día 1 de junio de 2020, del cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
Y en el artículo 10 del citado Real Decreto, se dispone el alzamiento de la suspensión de los plazos de prescripción y de caducidad de derechos y de acciones.
A la vista de todo lo anterior, y respecto de aquellos procedimientos sancionadores en materia de tráfico que cuyos plazos quedaran suspendidos al declararse el estado de alarma, quedan reanudados a partir del día 1 de junio de 2020, por el tiempo que reste para la finalización del plazo de que se trate, en especial quedan reanudados los plazos de alegaciones e identificación del conductor.
Respecto de la reanudación del plazo para abonar la cuantía de la multa, y teniendo en cuenta que la notificación de la incoación del procedimiento sancionador, puede surtir efectos de carta de pago con señalamiento de día cierto para fin de período de pago, y para aquellos procedimientos cuyo día final se fijara después del 14 de marzo, el plazo quedará reinicie a partir del día 1 de junio de 2020, comenzando a contar desde ese momento el plazo de los veinte días naturales para proceder al pago de la cuantía de la multa con bonificación del 50 por ciento.
La opción de abono del importe de la multa podrá efectuarse por alguno de los siguientes medios:
- Mediante solicitud de “carta de pago” en la oficina de atención ciudadana, sita en Edificio del Ayuntamiento de Avenida del Gran Capitán n.º 6, o en los centros Cívicos que cuenten con este servicio.
- Ingreso o transferencia bancaria a la siguiente cuenta de CAJASUR con código IBAN: ES98 0237 0210 30 9152455481.
- Giro postal dirigido al Ayuntamiento de Córdoba.
En cualquiera de dichas modalidades deberá aplicar el 50 % sobre el importe de la multa y siempre que el ingreso se realice hasta el día 20 de junio, inclusive.
Respecto del plazo para presentar recurso de reposición contra una sanción por infracción de tráfico, dicho plazo queda aun suspendido por así haberlo establecido la disposición adicional octava párrafo 1 del Real Decreto Ley 11/2020 de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, que establece: “El cómputo del plazo para interponer recursos en vía administrativa o para instar cualesquiera otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, se computará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización del estado de alarma, con independencia del tiempo que hubiera transcurrido desde la notificación de la actuación administrativa objeto de recurso o impugnación con anterioridad a la declaración del estado de alarma. Lo anterior se entiende si perjuicio de la eficacia y ejecutividad del acto administrativo objeto de recurso o impugnación”.
Comoquiera que en el momento en que se alza la suspensión o interrupción de los demás plazos procedimentales, aun sigue estando vigente el estado de alarma, la disposición octava continúa plenamente vigente, sin que pueda verse afectada por el alzamiento de los plazos, dispuesto por el Real Decreto 537/2020, que tiene valor reglamentario.
Con relación al levantamiento de los plazos de prescripción y caducidad de los procedimientos afectados por la suspensión o interrupción como consecuencia de la declaración del estado de alarma, dicha suspensión queda igualmente levantada con efectos del día 4 de junio de 2020, por así haberlo declarado el Real Decreto 537/2020 de 22 de mayo de 2020 en su artículo 10.
Avisos sobre atención presencial y telefónica
A partir del 22 de junio de 2020 se reinicia la atención presencial y telefónica en el Departamento de Vía Pública, tanto en la Unidad de Autorizaciones (ubicada en el edificio municipal de Avda. Gran Capitán 6) como en el Equipo de Multas y Equipo de Sanciones (ubicados en el edificio de la Policía Local, Avda. de los Custodios s/n).
La atención presencial se realizará mediante cita previa contactando con el servicio en las siguientes direcciones de correo electrónico o teléfonos:
Unidad de Autorizaciones
- Correo electrónico: autorizaciones.viapublica@ayuncordoba.es
- Teléfono: 957 49 99 00
- Extensiones: 17059 - 17061 - 17426 - 17704
Equipo de Multas
- Correo electrónico: multas.trafico@ayuncordoba.es
- Teléfono: 957 45 53 00
Equipo de Sanciones
- Correo electrónico: sanciones@ayuncordoba.es
- Teléfono: 957 49 99 00
- Extensiones: 15302
Asimismo puede presentar cualquier escrito dirigido a cualquiera de los citados servicios a través de la sede electrónica municipal https://sede.cordoba.es/
Avisos sobre campañas
Los avisos (convocatorias, actas y decretos de autorización) en relación con las campañas de caracoles guisados, expresión artística, puestos de helados, mercado de artesanía, etc. se pueden consultar directamente en el apartado correspondiente de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Córdoba: