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Descripción del trámite

Declaración Responsable para el empadronamiento de menores con un solo progenitor cuando no hay consentimiento de ambos ni autorización judicial y NO existe resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia.

Cómo realizar el trámite

Descargar el documento y presentarlo junto con la documentación exigida en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Periodicidad

Continuo

Sujeto a tasas

No

Documentación requerida

Requisitos exigidos

  • Empadronamiento con uno solo de los progenitores, cuando existe resolución judicial que se pronuncia sobre la guarda o custodia atribuida en exclusiva a un progenitor. 
    En los supuestos de guarda y custodia de menores atribuida en exclusiva a un progenitor en virtud de resolución judicial, corresponderá a este instar las inscripciones de los menores en el Padrón o las modificaciones de sus datos, de acuerdo con el artículo 54.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
    Para ello, junto con la resolución judicial, deberá aportarse una declaración responsable de que dicha resolución está en vigor, que no existe otra posterior que modifique los términos de la guarda y custodia y que el progenitor que realiza la solicitud no se encuentra incurso en alguno de los supuestos de hecho previstos en los artículos 103.1.c) o 158.3.c) del Código Civil. En el anexo II se incluye el modelo de declaración responsable a estos efectos. 
  • Empadronamiento de menores en un domicilio distinto al de los padres que ostenten su guarda y custodia. Para el empadronamiento de menores en un domicilio distinto al de los padres que ostenten su guarda y custodia se requerirá la autorización por escrito de ambos, o de uno de ellos junto con la correspondiente declaración responsable (anexo I o anexo II según proceda). 

Impresos relacionados

    Impreso ANEXO I Declaración responsable SIN guarda y custodia

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:

Normativa

Departamento que gestiona el trámite

Unidad de Estadística

  • Atención telefónica: LUNES y MIÉRCOLES de 11:30 A 13:30. Tlf.: 957499900 – EXT. 17103
  • Atención presencial: por CITA PREVIA – MARTES de 11:30 a 13:10
    Av. Gran Capitán, 6
  • Solicitud de cita previa eligiendo en ubicaciones la opción CONSULTA EXPEDIENTES DE PADRON y/o llamando al 957499900

email: estadistica@ayuncordoba.es