Directo a

Índice

Información del trámite

Podrán solicitar el Servicio de Atención Domiciliaria Municipal aquellas personas:

  • Caso de extrema y urgente necesidad, el inicio del servicio de Ayuda a Domicilio y/o Comidas, requerirá la existencia de una situación sobrevenida debidamente justificada (enfermedad del solicitante, accidente, hospitalización, incapacidad o imposibilidad de asumir los cuidados por parte del cuidador principal, etc.) que merme la capacidad para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria del solicitante y que éste no disponga de apoyos suficientes en su entorno habitual.  Duración de la prestación: hasta un máximo de 9 meses a propuesta de los Servicios Sociales Comunitarios.
  • Personas que hayan solicitado reconocimiento de la situación de Dependencia y por estar a la espera de aplicación de recurso después de haber obtenido Grado II (dependencia severa) o Grado III (gran dependencia) mediante resolución emitida por la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía.

    Duración: Transitorio y se podrá prestar como máximo, por el periodo de tiempo que medie entre la resolución declarativa de la situación Dependencia y la asignación efectiva del recurso.

Las solicitudes serán atendidas, de acuerdo a los criterios previstos en el programa y a la disponibilidad presupuestaria. ¿Qué documentos debe aportar?

  • Fotocopia del D.N.I.
  • Fotocopia del recibo de alquiler o hipoteca, en su caso.
  • Fotocopia de la Declaración de la Renta o en su defecto certificación negativa de la Unidad de Convivencia.
  • Justificante de ingresos (prestaciones, pensiones, nóminas u otras rentas de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia expedido por la Entidad competente).
  • Documentación acreditativa del solicitante o cuidador que justifique la situación sobrevenida, por ejemplo: justificantes médicos, justificantes de ingresos hospitalarios, copia de contrato de trabajo, etc.
  • Fotocopia de la Resolución de Reconocimiento de la situación de Dependencia con Grado II (dependencia severa) o Grado III (gran dependencia) emitida por la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía.

¿Dónde se puede dirigir?

  • Para solicitar información: Centro de Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Córdoba, en su barrio.
  • Para presentar la solicitud: En el Registro General de Documentos del Ayuntamiento de Córdoba (C/ Capitulares, 1) o en cualquier Centro Cívico Municipal.

Procedimiento

  • Lugar: Debe usted entregar los impresos, por registro de entrada, en cualquier centro municipal: Edificio principal en c/ Capitulares, Centro Cívico Municipal, Centro de Servicios Sociales o Centro Complementario.
  • Presentación de solicitudes: De acuerdo con la normativa vigente, las solicitudes podrán presentarse, además de en el Registro del Organismo ante el cual deban surtir efecto, en los siguientes lugares: Registro de la Subdelegación del Gobierno, Registro de la Delegación Provincial de Gobernación de la Junta de Andalucía, oficinas de Correos, representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, etc.

Impresos