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Información del trámite

Esta comunicación previa servirá únicamente de cara a la reserva de estacionamiento para vehículos en la calzada a utilizar en la mudanza, en ningún caso si la misma supone cualquier otra ocupación de la vía pública, ya sea en la propia calzada o el acerado.

Quién lo gestionaVía Pública
Cuándo se puede realizarContinuo
Está sujeto a tasasSi

Requisitos exigidos

En concreto, ESTA COMUNICACIÓN CARECERÁ DE VALIDEZ si la mudanza que se pretende realizar:

  • Supone el corte de una calle al tráfico de vehículos.
  • Precisa la ocupación del acerado.
  • Se ubica en una zona de circulación restringida (ACIRE) o en zona azul(regulada por parquímetros).
  • Se ubica en zona de carga y descarga.
  • Se ubica en zona de estacionamientos reservados a motocicletas o a personas con discapacidad.

En los casos mencionados deberá dirigir su solicitud al DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD.

Cómo realizarlo

  • Descargue, cumplimente y firme el   Impreso de Comunicación previa mudanza
  • Adjunte la documentación que se le indica en el impreso.
  • Dirija la solicitud a: LA0016678- Vía Pública - Autorizaciones
  • Con una antelación mínima de 5 días hábiles a la fecha prevista de realización de la mudanza.
  • Presente la documentación.

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:

Normativa

Normativa municipal

Normativa autonómica

  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
  • Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.
  • Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre.
  • Decreto 109/2005, de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
  • Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
  • Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

Normativa estatal