Directo a
Información del trámite
Este trámite es el requerido para solicitar la autorización de ocupación de la vía pública con estructuras desmontables para el desarrollo de la actividad de elaboración y venta de caracoles guisados durante la campaña.
Quién lo gestiona | Vía Pública |
Cuándo se puede realizar | Hasta el 31 de diciembre de cada uno de los años comprendidos en la campaña |
Está sujeto a tasas | Sí |
Requisitos exigidos
Podrán participar en la adjudicación de los puestos de caracoles guisados, las personas físicas y jurídicas legalmente constituidas que reúnan los requisitos establecidos en las Bases.
Para consultar toda la información (autorizaciones ofertadas, espacios, criterios de selección, procedimiento de adjudicación, etc.), así como la documentación a presentar junto con la solicitud, consulte el siguiente documento:
- Bases que han de regir el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de vía pública para la venta de caracoles guisados
- Tipología mobiliario
Cómo realizarlo
- Descargue, cumplimente y firme los documentos:
- Adjunte, junto con la solicitud, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases.
- Dirija la solicitud a: LA0016678 Autorizaciones
- Presente la solicitud junto con la documentación requerida.
Dónde presentarlo
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:
- En el registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba.
- En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.
- En las Oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registro.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Normativa
Normativa municipal
Normativa autonómica
- Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
- Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.
- Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre.
- Decreto 109/2005, de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
- Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
- Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
Normativa estatal
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.