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Información del trámite

La Delegación de Fiestas y Tradiciones del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, de conformidad con lo estipulado en la Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento, aprobada por el Pleno de la Corporación Municipal el 15/09/2005, en aplicación de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de veintiuno de julio por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, establece la presente convocatoria de subvenciones para Verbenas Populares para el año 2024.

Quién lo gestionaDepartamento de Ferias y Festejos
Cuándo se puede realizarSerá de veinte días naturales, a partir del día siguiente al de su publicación en el B.O.P.
Está sujeto a tasasNo

Requisitos exigidos

Para la admisión a este procedimiento, las Verbenas Populares deberán cumplir con los siguientes requisitos: 

  • a) Que su duración no sea superior a cuatro días. 
  • b) Que sirvan para crear dinámicas de participación en las asociaciones y en las entidades que la organizan. 
  • c) Que no se desarrollen en lugares en los que se hayan celebrado o se vayan a celebrar dos o más eventos del Calendario de Fiestas Populares a lo largo del año, al objeto de no sobrecargar ningún espacio perturbando el descanso vecinal.
  • d) Que los ingresos que se generen con la organización de estos eventos redunden en beneficio de la propia asociación, en proyectos sociales o actividades socio-culturales para su comunidad. 
  • e)Que tengan un carácter abierto, participativo y popular. 
  • f) En el supuesto de concurrir dos o más solicitudes en el mismo lugar de celebración o en ubicaciones muy próximas, se atenderá según la fecha de presentación en el registro. La entidad cuya solicitud sea rechazada podrá, en el plazo no superior a cinco días, proponer mediante escrito al Departamento de Ferias y Festejos otra ubicación, valorándose su viabilidad por el servicio gestor. 

Serán excluidas de esta convocatoria las siguientes actividades y conceptos de gastos: 

  • a) Las que sean o puedan ser objeto de otra convocatoria municipal. 
  • b) Las que atenten contra los valores universales como la paz, la solidaridad, la igualdad de género, el respeto al medio ambiente, la interculturalidad, etc. 
  • c) Las actividades con ánimo de lucro personal. 
  • d) Las que no respondan al objeto de esta convocatoria. 
  • e) Las actividades cerradas o que pretendan el disfrute exclusivo del colectivo solicitante. 
  • f) La solicitud de subvención, con arreglo a esta Convocatoria, de una Federación de asociaciones excluirá la de sus integrantes por separado y viceversa.

Cómo realizarlo

Descargue las  Bases que regulan la participación en la Convocatoria de Subvencines 2024 para Verbenas Populares para conocer los requisitos, plazos y demás información de interés.

Cumplimente y firme el impreso    Anexo 1 - Solicitud y Declaración Responsable

Presente la documentación.

Anexos

Modelos

  Anexo 1- Solicitud y Declaración Responsable

  Anexo 2- Memoria de Verbena

  Anexo 3- Documento de Designación de Cuenta Bancaria y Comunicación de la Baja de Datos Bancarios (Modelo de Alta a Terceros del Ayto. Córdoba)

  Anexo 4- Memoria Técnica de las Actividades realizadas

  Anexo 5- Memoria Económica del Presupuesto Ejecutado

  Anexo 6- Declaración Responsable sobre gastos ejecutados

Resoluciones

Relación definitiva de entidades admitidas y excluidas en Verbenas Populares 2024

Una vez finalizado el plazo de alegaciones a la relación provisional de entidades admitidas y excluidas, de fecha 12 de agosto pasado, atendiendo al informe de la Comisión Técnica obrante en el expediente y en virtud de las competencias que tengo delegadas por la base Novena de las Bases de la convocatoria de subvenciones del año 2024 para Verbenas Populares, aprobadas por acuerdo de Junta de Gobierno Local nº 628/24 de 17 de junio,  resuelvo  que  se  declaren definitivamente  admitidas  y  excluidas  a  las  entidades  que  se  indican  a continuación:

DOCUMENTO

CÓDIGO CSV

Relación Definitiva de Entidades Admitidas y Excluidas en la Convocatoria de 2024 Subvenciones para Verbenas Populares

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Relación provisional de entidades admitidas y excluidas en Verbenas Populares 2024

Se informa que con fecha 29 de julio se ha publicado en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Córdoba la "Relación Provisional de Entidades Admitidas y Excluidas en la Convocatoria de Subvenciones para Verbenas Populares, 2024".

De conformidad con las Bases de la Convocatoria,  cada entidad solicitante dispondrá de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Tablón Electrónico Edictal, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, así como efectuar las reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas.

El plazo de presentación será desde el día 30 de julio al 12 de agosto de 2024, ambos inclusive.

DOCUMENTO

CÓDIGO CSV

Relación provisional de entidades admitidas y excluidas en Verbenas Populares 2024

fbe9f27f70afbd5403c5b27c5da607575ee451d7

Resolución provisional admitidos/as atracciones/negocios velá de la Fuensanta 2024 

DOCUMENTO

CÓDIGO CSV

Edicto relación provisional admitidos/as - Atracciones/negocios vela de la Fuensanta 2024 2198cb5e345c9618b36d2d86d356fa7e6fad74dd

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:

Si el escrito pretende dirigirse a otra Entidad o Administración, o en el caso de problema con nuestra plataforma, o interrupción del servicio, puede hacer uso del Registro Electrónico General de la Administración.

Normativa