Directo a
- Nota Informativa que corrige error en la fecha de presentación del plazo de presentación de solicitudes.
En relación a la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2025 PARA EL IMPULSO DE ACTIVIDADES DE ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO RELACIONADAS CON LAS FIESTAS POPULARES Y TRADICIONALES DE CÓRDOBA, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local N.º 309/25 de 17 de marzo de 2025. Tras detectarse error en la Nota Informativa que establece como plazo de presentación de solicitudes desde el día 29 de marzo al 17 de abril, se informa que al tratarse el día 17 de abril de un festivo, el plazo de presentación se amplía hasta el siguiente día hábil. Siendo el nuevo plazo de presentación de solicitudes hasta el 21 de abril, inclusive. Las citadas bases, junto con la documentación anexa, se encuentran publicadas en el Tablón Electrónico Edictal del Ayuntamientode Córdoba (sede.cordoba.es) y a nivel informativo en en la páginaweb de este Ayuntamiento (www.cordoba.es).
LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE FERIAS Y FESTEJOS.
(fecha y firma electrónicas)
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Información del trámite
Con fecha 28 de marzo de ha publicado en el BOP la Convocatoria de Subvenciones 2025 para el Impulso de Actividades de Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro relacionadas con las Fiestas Populares y Tradicionales de Córdoba.
Las presente convocatoria, tienen por objeto regular, con carácter general, el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones, en concurrencia competitiva, a favor de asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos, sin ánimo de lucro para el fomento de actividades que complementen y enriquezcan la oferta de la Delegación de Fiestas y Tradiciones en materia festiva de nuestra ciudad, tales como actuaciones musicales y de baile, jornadas gastronómicas, conferencias, actividades formativas, actividades destinadas a público infantil, convivencias asociativas, etc.. que se puedan desarrollar en equipamientos o en espacios al aire libre y que estén relacionadas con las fiestas populares y tradicionales de Córdoba.
Quién lo gestiona | Departamento de Ferias y Festejos |
Cuándo se puede realizar | Desde el día 29 de marzo al 21 de abril, ambos inclusive |
Está sujeto a tasas | No |
Cómo realizarlo
Descargue las Bases que regulan la participación en la convocatoria de subvenciones 2025 para el impulso de actividades de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro relacionadas con las fiestas populares y tradicionales de Córdoba" para conocer los requisitos, plazos y demás información de interés.
Cumplimente y firme el impreso Anexo 1 de Solicitud de Actividades Festivas 2025
Presente la documentación.
Anexos
- Modelos
Anexo 1
Solicitud de actividades festivas 2025 (.odt) Anexo 2
Memoria de actividades festivas 2025 (.odt) Anexo 2
Presupuesto de actividades festivas 2025 (.ods) Anexo 3
Memoria justificativa de actividades festivas 2025 (.odt) Anexo 4
Memoria justificativa económica de actividades festivas 2025 (.ods) Anexo
Declaración responsable (.odt)
Dónde presentarlo
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:
- En el registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba.
- En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.
- En las Oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registro.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Si el escrito pretende dirigirse a otra Entidad o Administración, o en el caso de problema con nuestra plataforma, o interrupción del servicio, puede hacer uso del Registro Electrónico General de la Administración.
Normativa
- Ley 39/2015, DE 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba.
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.