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DECRETO

I. Mediante Resolución del Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública 2021/10483, de fecha 2 agosto de 2021, con código CSV 82ef5fa7649cc5fcda5dd8af8d2a1f363f2a25a8, se aprobaron las Bases que regirán el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de espacios de la vía pública para la instalación de puestos destinados al desarrollo del Mercado de Artesanía para la campaña 2021-2024, ofertándose un total de 12 (doce) puestos, publicándose un extracto de las mismas en el BOP num.152 del 10 de agosto de 2021 y el anuncio completo en el Tablón de Publicaciones y en la página web municipal del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

II. Visto el informe-propuesta de la Técnico del Departamento de Vía Pública- Unidad de Autorizaciones- con código CSV ea6d5cd6036001c06ec93984121c9d6e785fd331, respecto a la oferta de plazas vacantes existentes para la concesión de autorizaciones de ocupación de espacios de dominio público para el desarrollo de actividades de mercado de artesanía para la campaña 2021-2024.

III. Examinada la documentación obrante en el expediente de concesión de la autorizacion y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones; las Ordenanzas Municipales correspondientes y demás normas de general y pertinente aplicación, y en el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por el la Excmo. Sr. Alcalde, en virtud del Decreto n.º 5210, de 18 de junio de 2019, DISPONGO:

PRIMERO.- OFERTAR las plazas vacantes existentes para el otorgamiento de autorizaciones anuales de ocupación del dominio público para el desarrollo de actividades de Mercado de Artesanía durante la campaña 2021-2024:

  • 12 puestos de actividad artesanal.

SEGUNDO.- PUBLICAR la presente resolución en el Tablón de Publicaciones y en la página web municipal del Excmo Ayuntamiento de Córdoba, aplicándose los mismos requisitos de las presentes bases dentro del periodo de esta convocatoria.

TERCERO.- OTORGAR UN PLAZO de 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación para la presentación de solicitudes y documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en las Bases reguladoras de la presente convocatoria.

EL CONCEJAL DELEGADO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VÍA PÚBLICA

Por D.F. Decreto n.º 6893, de 2 de septiembre de 2019

El Coordinador General de Seguridad, Vía Pública y Movilidad

EL TITULAR DEL ÓRGANO DE APOYO A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, a los solos efectos de fe pública

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