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Información del trámite

Solicitud de aseo adaptado a personas usuarias de silla de ruedas y ostomizadas y se puede solicitar por servicios municipales o entidades para su uso en la vía pública en eventos de mucha concurrencia. 

Quién lo gestionaInclusión y Accesibilidad
Cuándo se puede realizarNo tiene plazos
Está sujeto a tasasNo

Requisitos exigidos

Declaración responsable 
La persona abajo firmante, conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara responsablemente que el servicio municipal (Departamento o Unidad, organismo autónomo o empresa municipal) o entidad (asociación, fundación, etc.) a la que representa (marcar con una X):

  • Asumirá el coste derivado de las conexiones necesarias para el funcionamiento del aseo adaptado (electricidad, agua y alcantarillado), en caso de no poder sufragarlo la Delegación de Inclusión y Accesibilidad.
  • Gestionará y asumirá el coste de un servicio de limpieza y control de acceso del aseo
    adaptado durante la celebración del evento a lo largo de todo el horario en que este se encuentre en uso, debiendo dejar el mismo al final de su uso en perfecto estado de limpieza.
  • Sufragará los gastos necesarios de reparación en caso de que el aseo adaptado sufra desperfectos durante la celebración del evento por dejación en el control de acceso al mismo o un uso inadecuado o negligente.
  • Conoce la regulación legal y los efectos de la presente declaración responsable ante la Administración Pública, así como que la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato en esta o en otras manifestaciones o documentos que se aporten determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles y administrativas a que hubiere
    lugar

Cómo realizarlo

  • Disponga de la Declaración responsable
  • Presente la documentación

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Por lo tanto, la documentación podrá presentarse: