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Sobre la Instancia General

Qué es una Instancia General

La instancia general es el formulario mediante el cual los ciudadanos pueden presentar solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento de Córdoba en todos aquellos casos donde no exista un formulario específico para el trámite que desea realizar. 

Algunos ejemplos comunes son:

  • Solicitud de información sobre servicios municipales.
  • Solicitud de certificados o documentos municipales sin trámite específico.
  • Comunicación oficial con el Ayuntamiento que no tenga un canal predeterminado.
  • Aportación de documentación complementaria a un expediente en curso.

Quién puede presentar una Instancia General

Cualquier persona física o jurídica puede presentar una instancia general ante el Ayuntamiento de Córdoba. Es importante tener en cuenta que:

  • Las personas físicas pueden elegir entre la presentación presencial o electrónica.
  • Las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y profesionales colegiados están obligados a relacionarse electrónicamente con la administración, según establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015.

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Presentación electrónica

La presentación electrónica puede realizarse:

  • A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, siguiendo estos pasos:
    1. Acceda a la ficha de la Instancia General en el Catálogo de Procedimientos y Servicios del Ayuntamiento de Córdoba.
    2. Consulte la información del trámite como requisitos, plazos y normativa.
    3. Inicie el proceso de presentación de solicitudes mediante el enlace incluido elemento 'Directo A'.
    4. Identifíquese mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
    5. Cree una nueva solicitud y cumplimente el formulario electrónico.
    6. Firme y presente la solicitud.
  • En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.

Presentación presencial

Para realizar el trámite de forma presencial, descargue, cumplimente y firme el   Impreso de Instancia General y preséntela en: