Tramitación

Índice

Realizar el trámite

Presencialmente:
Descargar el documento y presentarlo junto con la documentación exigida en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El artículo 16 de la Ley 39/2019 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indica en su punto 4 que los documentos que los interesados que quieran dirigir a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las Oficinas de Correos.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Documentación y requisitos

- Copia del documento acreditativo de la identidad en vigor.
En caso de no disponer de DNI/NIE, se hará constar alguno de los documentos de acreditación de la identidad a que se refiere el art. 16.2 f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Más información

- Empadronamiento con uno solo de los progenitores, cuando no hay separación o divorcio o no existe aún resolución judicial que se pronuncie sobre la guardao custodia (separaciones de hecho o separaciones en tramitación).
En caso de que se solicite la inscripción o cambio de domicilio de un menor con uno solo de sus progenitores y no exista una resolución judicial que se pronuncie sobre la guarda y custodia.
Cuando excepcionalmente no se disponga de la firma de ambos progenitores, deberá aportarse una declaración responsable haciendo constar que ambos ostentan la guarda y custodia del menor y que no existe resolución judicial que se pronuncie al respecto, justificando la imposibilidad de disponer de la firma del otro progenitor y que el menor convive con el mismo. En el anexo I se incluye el modelo de declaración responsable a estos efectos.
- Empadronamiento de menores en un domicilio distinto al de los padres que ostenten su guarda y custodia. Para el empadronamiento de menores en un domicilio distinto al de los padres que ostenten su guarda y custodia se requerirá la autorización por escrito de ambos, o de uno de ellos junto con la correspondiente declaración responsable (anexo I o anexo II según proceda).

Departamento que gestiona el trámite

Unidad de Estadística

  • Atención telefónica: LUNES y MIÉRCOLES de 11:30 A 13:30. Tlf.: 957499900 – EXT. 17103
  • Atención presencial: por CITA PREVIA – MARTES de 11:30 a 13:10
    Av. Gran Capitán, 6
  • Solicitud de cita previa eligiendo en ubicaciones la opción CONSULTA EXPEDIENTES DE PADRON y/o llamando al 957499900

email: estadistica@ayuncordoba.es