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Descripción
Esta guía se ha elaborado para facilitar las gestiones que hay que realizar en el padrón de habitantes, no tiene ninguna validez jurídica ni pretende ser exhaustiva en cuando a las múltiples casuísticas que pueden darse.
El Padrón Municipal de Habitantes es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del Censo Electoral.
Los vecinos deben comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del término municipal.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deben figurar empadronados con los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, con sus representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro domicilio.
El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según la normativa vigente.
Tengo que darme de alta, vengo de otro municipio o del extranjero.
La vivienda en la que me voy a empadronar:
- Es de mi propiedad
- Es en alquiler
- Me va autorizar el propietario
Vivienda en propiedad
Debes aportar alguno de los siguientes documentos:
- Factura o contrato actual de la luz, el agua o el gas natural. Importante: comprueba que los datos de la factura están a tu nombre y que la dirección de suministro es la que quieres que figure. No nos sirve la dirección que viene a efectos de notificación.
- Último recibo del IBI, o si aún no lo tienes, copia de la escritura o Nota del Registro de la Propiedad reciente.
Vivienda en alquiler
Son necesarios los siguientes documentos:
- Copia completa del contrato, en el que debes aparecer como arrendatario.
- Recibo de la última mensualidad pagada. Si haces transferencia bancaria o a través del cajero debe constar claramente el concepto, importe y destinatario del ingreso. Si no debes aportar un recibo con todos los datos (nombre del arrendador y arrendatario, fecha e importe) firmado por el propietario del inmueble.
- Si no eres el titular del contrato y te va a autorizar el arrendatario (que debe estar ya empadronado en el domicilio), debes aportar los mismos documentos más la autorización, y asegurarte que en las cláusulas del contrato no se prohíbe el subarriendo.
Me autoriza el propietario
Debes aportar los siguientes documentos:
- Copia del DNI, NIE o PASAPORTE del propietario.
- Autorización firmada del propietario de la vivienda.
Y alguno de los siguientes documentos:
- Factura o contrato actual de la luz, el agua o el gas natural. Importante: comprueba que los datos de la factura están a nombre de la persona que te autoriza y que la dirección de suministro es la que quieres que figure. No nos sirve la dirección que viene a efectos de notificación.
- Último recibo del IBI, o si aún no se ha emitido, copia de la escritura o Nota del Registro de la Propiedad reciente.
Personas empadronadas en el domicilio
- RECUERDA que si ya hay personas empadronadas en esa vivienda te deben autorizar a empadronarte (y adjuntar copia del DNI, NIE o PASAPORTE de las mismas), seas o no el propietario de la vivienda.
Identificación de las personas que se van a empadronar
- Siempre hay que aportar copia de la documentación personal de todos los que se van a empadronar. Si hay que aportar autorizaciones de algún tipo, también debes adjuntar la documentación de la persona que autoriza.
- Españoles: DNI en vigor (ambas caras). Si son menores de14 años el libro de familia o el certificado de nacimiento.
- Extranjeros: NIE o PASAPORTE en vigor.
Si eres extranjero comunitario (de la UE) puedes aportar el NIE y el documento identificativo en vigor de tu país de origen. Además en caso de alta debes rellenar obligatoriamente el Impreso CERE.DFA-27 para la Declaración de Intención de voto.
MENORES DE EDAD
- Si hay menores incluidos en la solicitud y no van acompañados de los dos progenitores, hay que adjuntar la autorización y copia de la documentación (DNI, NIE o PASAPORTE EN VIGOR) del progenitor que no se empadrona, rellenar y firmar el Impreso 60-173 Autorización Menores con otro progenitor.
- En caso de separación o divorcio: copia de la sentencia con el convenio regulador y rellenar y firmar el Impreso ANEXO II Declaración responsable CON guarda y custodia exclusiva. Si se establece la guarda y custodia compartida hace falta autorización del otro progenitor.
- Si no hay resolución judicial sobre la guarda y custodia debes rellenar y firmar el Impreso ANEXO I Declaración responsable SIN guarda y custodia.
¿CÓMO RELLENAR EL IMPRESO DE FORMA CORRECTA?
- Descarga el Impreso modelo 60-444 Padrón Municipal de Habitantes.
- Indica la dirección completa. Comprueba que la dirección que viene en la documentación que aportas (factura, IBI) coincide exactamente con la que nos indicas, si no no podremos realizar el trámite.
- Rellena los datos de todas las personas que se van a dar de alta en el mismo domicilio. Deben firmar el impreso todos los mayores de edad, y en su caso, el autorizante.
- El nivel de estudios es un dato obligatorio.
- Es muy importante que nos indiques de qué municipio o país vienes (en cuál estabas empadronado antes de venir a Córdoba)
- Recuerda leer la información sobre “Vehículos” si quieres que notifiquemos el cambio a la DGT.
VEHÍCULOS
- El Ayuntamiento puede notificar a la Dirección General de Tráfico el nuevo domicilio, siempre que el vehículo esté a tu nombre. No podemos comunicarlo si está a nombre de una Sociedad. Tampoco si el anterior domicilio del vehículo estaba en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla. En estos casos debes acudir a la DGT para realizar el cambio.
- La única documentación que tienes que aportar es la copia del permiso del circulación (ni la ficha técnica ni el carnet de conducir)
Quiero dar de alta a un recién nacido
ALTA DE RECIÉN NACIDO
- Para empadronar a un recién nacido en el mismo domicilio que los dos progenitores solo hace falta la documentación personal de uno de ellos (DNI, NIE, PASAPORTE) y la copia del libro de familia o el certificado de nacimiento del menor, firmando el impreso de alta alguno de los progenitores.
- Si se quiere empadronar con uno solo de los progenitores debe autorizarlo el que no vaya a convivir con el menor.
- En todo caso en el plazo aproximado de tres meses los recién nacidos son empadronados de forma automática en el domicilio de la madre. Puedes esperar y comprobar si el alta se ha producido así, en caso contrario puedes tramitarla tú.
DOCUMENTACIÓN IDENTIFICATIVA
- De los progenitores (padres):
- Si son españoles: DNI en vigor
- Si son extranjeros: PASAPORTE o NIE en vigor. Si eres extranjero comunitario ( de la UE) puedes aportar el NIE y el documento identificativo en vigor de tu país de origen.
- Del recién nacido:
- Libro de familia o certificado de nacimiento.
Estoy empadronado en Córdoba, pero tengo que cambiar mi domicilio
La vivienda en la que me voy a empadronar:
- Es de mi propiedad
- Es en alquiler
- Me va autorizar el propietario
VIVIENDA EN PROPIEDAD
Debes aportar alguno de los siguientes documentos:
- Factura o contrato actual de la luz, el agua o el gas natural. Importante: comprueba que los datos de la factura están a tu nombre y que la dirección de suministro es la que quieres que figure. No nos sirve la dirección que viene a efectos de notificación.
- Último recibo del IBI, o si aún no lo tienes, copia de la escritura o Nota del Registro de la Propiedad reciente.
VIVIENDA EN ALQUILER
Son necesarios los siguientes documentos:
- Copia completa del contrato, en el que debes aparecer como arrendatario.
- Recibo de la última mensualidad pagada. Si haces transferencia bancaria o a través del cajero debe constar claramente el concepto, importe y destinatario del ingreso. Si no debes aportar un recibo con todos los datos (nombre del arrendador y arrendatario, fecha e importe) firmado por el propietario del inmueble.
- Si no eres el titular del contrato y te va a autorizar el arrendatario (que debe estar ya empadronado en el domicilio), debes aportar los mismos documentos más la autorización, y asegurarte que en las cláusulas del contrato no se prohíbe el subarriendo.
ME AUTORIZA EL PROPIETARIO
Debes aportar los siguientes documentos:
- Copia del DNI, NIE o PASAPORTE del propietario.
- Autorización firmada del propietario de la vivienda.
Y alguno de los siguientes documentos:
- Factura o contrato actual de la luz, el agua o el gas natural. Importante: comprueba que los datos de la factura están a nombre de la persona que te autoriza y que la dirección de suministro es la que quieres que figure. No nos sirve la dirección que viene a efectos de notificación.
- Último recibo del IBI, o si aún no se ha emitido, copia de la escritura o Nota del Registro de la Propiedad reciente.
PERSONAS EMPADRONADAS EN EL DOMICILIO
- RECUERDA que si ya hay personas empadronadas en esa vivienda te deben autorizar a empadronarte (y adjuntar copia del DNI, NIE o PASAPORTE de las mismas), seas o no el propietario de la vivienda.
IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS QUE SE VAN A EMPADRONAR
- Siempre hay que aportar copia de la documentación personal de TODOS los que se van a empadronar. Si hay que aportar autorizaciones de algún tipo, también debes adjuntar la documentación de la persona que autoriza.
- ESPAÑOLES: DNI EN VIGOR (AMBAS CARAS). Si son menores de14 años el libro de familia o el certificado de nacimiento.
- EXTRANJEROS: NIE o PASAPORTE EN VIGOR.
Si eres extranjero comunitario (de la UE) puedes aportar el NIE y el documento identificativo en vigor de tu país de origen.
MENORES DE EDAD
- Si hay menores incluidos en la solicitud y no van acompañados de los dos progenitores, hay que adjuntar la autorización y copia de la documentación (DNI, NIE o PASAPORTE EN VIGOR) del progenitor que no se empadrona, descarga, cumplimenta y firma el Impreso 60-173 Autorización Menores con otro progenitor.
- En caso de separación o divorcio: copia de la sentencia con el convenio regulador y rellenar y firmar el Impreso ANEXO II Declaración responsable CON guarda y custodia exclusiva. Si se establece la guarda y custodia compartida hace falta autorización del otro progenitor.
- Si no hay resolución judicial sobre la guarda y custodia debes rellenar y firmar el Impreso ANEXO I Declaración responsable SIN guarda y custodia.
TRASLADO: CÓMO RELLENAR EL IMPRESO DE FORMA CORRECTA
- Descarga el Impreso modelo 60-444 Padrón Municipal de Habitantes.
- Indica la dirección donde estabas empadronado y la nueva a la que te trasladas. Comprueba que la dirección que viene en la documentación que aportas (factura, IBI) coincide exactamente con la que nos indicas, si no no podremos realizar el trámite.
- Rellena los datos de todas las personas que se van a dar de alta en el mismo domicilio. Deben firmar el impreso todos los mayores de edad, y en su caso, el autorizante.
- Recuerda leer la información sobre “Vehículos” si quieres que notifiquemos el cambio a la DGT.
VEHICULOS
- El Ayuntamiento puede notificar a la Dirección General de Tráfico el nuevo domicilio, siempre que el vehículo esté a tu nombre. No podemos comunicarlo si está a nombre de una Sociedad. Tampoco si el anterior domicilio del vehículo estaba en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla. En estos casos debes acudir a la DGT para realizar el cambio.
- La única documentación que tienes que aportar es la copia del permiso del circulación (NI LA FICHA TÉCNICA NI EL CARNET DE CONDUCIR)
Tengo que modificar un dato personal
- Si observas que hay algún error en tus DATOS PERSONALES, o se ha producido alguna modificación (has cambiado de nombre, apellidos, nacionalidad, nivel de estudios), puedes notificarlo rellenando este impreso.
- Tienes que aportar la documentación que acredite el cambio: DNI para nacionalidad, título de los estudios finalizados o certificado del Registro Civil para cambio de apellidos, nombre o sexo y siempre el documento de identidad (DNI, PASAPORTE O NIE)
Debo renovar mi inscripción en el padrón de habitantes (ENCSARP/NO ENCSARP)
- ENCSARP. Si has recibido una notificación indicando que debes renovar tu empadronamiento, o en todo caso, si hace más de dos años que te empadronaste en Córdoba, sigue las instrucciones del trámite en este enlace.
- NO ENCSARP. Si eres un extranjero comunitario (de la UE) y has recibido una notificación indicando que debes confirmar tu residencia, sigue las instrucciones del trámite en este enlace.
Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre
Dónde presentarlo
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:
- En el registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba.
- En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.
- En las Oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registro.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.