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La Intervención General es el órgano de control encargado de realizar las funciones de control interno y podrá realizarlas de forma previa, inmediata o con posterioridad a los acuerdos y decisiones de contenido económico que adopten los responsables municipales.

El control interno se realiza a través del ejercicio de la función interventora y el control financiero, incluyendo el control de eficacia en éste último, y tendrá por objeto:      

  • En la función interventora controlar los actos del Ayuntamiento, de sus organismos autónomos y de los consorcios que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a la normativa aplicable en cada caso.
  • El control financiero tiene por objeto verificar el funcionamiento de los servicios municipales en el aspecto económico financiero para comprobar el cumplimiento de la normativa y las directrices que los rigen y que su gestión se ajusta a los principios de buena práctica financiera. Todo ello para controlar que la administración de los recursos públicos se orienta a la eficacia, la eficiencia, la economía, la calidad y la transparencia, y se desarrolla bajo los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

A continuación conjuntos de datos relacionados con intervención: