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Información del trámite
Alta o Inscripción y traslado de domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes
Quién lo gestiona | Unidad de Estadística |
Cuándo se puede realizar | No tiene plazos |
Está sujeto a tasas | No |
Cómo realizarlo
- Descargue, cumplimente y firme el Impreso modelo 60-444 Padrón Municipal de Habitantes. (Versión 5. 11/12/2024)
- Disponga de la siguiente documentación acreditativa de la identidad, en vigor:
- Ciudadanía Española:
- Mayores de edad el DNI o Pasaporte en vigor
- Menores de edad el Libro de Familia o Certificado de nacimiento o DNI si lo tuviera, sera obligatorio en los mayores de 14 años.
- Extranjeros:
- Mayores de edad
- Los ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza presentarán el certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.
- Resto. Presentarán la tarjeta de identidad de extranjero expedida por las autoridades españolas, en la que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o, en su defecto, pasaporte expedido por las autoridades de su país.
- Menores de edad.
- Menores de 14 años: libro de familia, certificado de nacimiento, permiso de residencia o pasaporte.
- Mayores de 14 años: misma documentación que en el caso de los mayores de edad.
- Mayores de edad
- Ciudadanía Española:
Disponga de la siguiente documentación acreditativa de representación de menores e incapacitados:
Se requiere el libro de familia o certificado de nacimiento.
- Empadronamiento con ambos progenitores. Formulario (modelo 60-444) firmado por los dos progenitores.
- Empadronamiento con un solo progenitor. Formulario (modelo 60-444), firmado por el progenitor custodio y el consentimiento de ambos progenitores o resolución judicial.
- En caso de no existir consentimiento de ambos progenitores ni resolución judicial, el progenitor solicitante deberá aportar declaración responsable (modelo Anexo I)
- Cuando exista una resolución judicial que atribuye la guardia y custodia en exclusiva al progenitor que solicita la inscripción o el cambio de domicilio, el solicitante deberá aportar la resolución judicial, así como una declaración responsable de que se encuentra en vigor y no existe otra posterior que modifique los términos de la primera (modelo Anexo II)
- Si la guardia y custodia es compartida, deberá aportarse el mutuo acuerdo de ambos progenitores, o en su caso resolución judicial que se pronuncie sobre el empadronamiento del menor.
- En caso de tutela y acogimiento, la resolución judicial o administrativa.
- Para incapacitados se requiere la resolución que acredite la representación legal del solicitante.
- Disponga de la siguiente documentación acreditativa del domicilio:
Contrato de alquiler con duración mínima de 6 meses junto con el último recibo del pago de la renta o justificante del pago del mismo.
- Documentos acreditativos de la propiedad o usufructo; escritura de propiedad con antigüedad máxima de un año, nota simple del Registro de la Propiedad actualizada o último recibo del IBI.
Cuando el solicitante se inscriba en un domicilio donde consten empadronadas otras personas, será necesaria la autorización de la persona mayor de edad empadronada que sea titular de la vivienda, debiendo firmar en la casilla de autorización existente al efecto en la hoja padronal o mediante autorización por escrito con firma original y documentos que acrediten la propiedad o titularidad autorizante. Si el titular de la vivienda quiere empadronarse en el domicilio con otras personas empadronadas, un mayor de edad empadronado en el domicilio deberá autorizarle.
Cuando el solicitante no es titular de la vivienda y el titular no esté empadronado en el domicilio, deberá presentar declaración responsable del propietario o arrendatario autorizando el empadronamiento de los solicitantes junto al documento que acredite la titularidad. Además, deberá presentar original o copia compulsada del documento de identidad válido del titular.
- Personas de Unión Europea, no españolas: En el caso de ALTA por cambio de residencia, deben aportar obligatoriamente la "Declaración de intención de voto". El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos de la identidad y/o uso del domicilio, para comprobar la veracidad de los contenidos en el Padrón Municipal. (Ver trámite de Declaración de intención de voto)
Notas aclaratorias
- Toda la documentación presentada, debe estar en vigor.
- No se consideran válidos documentos que figuren con tachaduras, borrones, correctores…
- En el caso de extranjeros cuyo documento de identidad no contenga firma, éste deberá ser firmado en presencia del funcionario haciéndolo constar.
Instrucciones para cumplimentar el impreso 60-444
1.- Escriba en letras mayúsculas, indicando con claridad todos los datos que corresponden a cada una de las personas que se inscriben en la hoja. El nombre y los apellidos se transcribirán del mismo modo que figure en su documento de identidad.
2.- Domicilio: Indique la dirección completa del domicilio en el que solicita el empadronamiento: calle, número, escalera, piso y puerta.
3.- Nivel de Estudios terminados: se consignará el certificado o título escolar o académico que se posea mediante el código correspondiente de la tabla de Códigos de Nivel de Estudios.
4.- Causa de la inscripción:
- Si solicita la inscripción por traslado de domicilio, marque con X la casilla "Cambio de domicilio".
Si se trata de la inscripción de una persona que no estuviera empadronada o que desconociera el municipio de su anterior inscripción padronal, marque con X la casilla "Omisión".
- Para la inscripción de recién nacidos, marque con X la casilla "Nacimiento".
Si se solicita la inscripción por traslado de residencia, marque con X la casilla "Cambio de residencia", e indique la provincia y el municipio de procedencia. Si procede del extranjero, indique el país y, en su caso, el consulado español donde estaba inscrito.
5.- Firma: La hoja debe ser firmada por todas las personas mayores de edad inscritas en ella, cada una en la casilla correspondiente a su línea de inscripción.
6.- Menores de edad y mayores incapacitados: firmará la persona mayor de edad (padre/madre/representante legal) que solicita su empadronamiento en esa vivienda.
7.- Rellene la casilla "Número total de personas inscritas en esta hoja" para garantizar la inalterabilidad de los espacios que hayan podido quedar en blanco.
8.- Autorización de empadronamiento. Este apartado deberá cumplimentarse en los siguientes casos:
8.1.- Si en el domicilio figuran empadronadas otras personas:
- Deberá cumplimentar y firmar la autorización una de las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio, que tenga un documento acreditativo del uso o propiedad de la vivienda, que legitime su ocupación.
- En el caso de que ninguna de las empadronadas disponga de título de la vivienda, será también necesario que una de las propietarias lo acredite y firme la autorización.
8.2.- Cuando en el domicilio no residan otras personas y ninguna de las que se inscriben sea titular de la vivienda, será necesario que una de las titulares de la vivienda lo acredite y firme la autorización.
9.- La presentación de esta hoja cumplimentada en su Ayuntamiento implica su conformidad para actualizar el Censo Electoral, en consonancia con los datos reflejados en ella.
Aviso importante: La falsedad en los datos declarados puede ser constitutiva de delito.
Dónde presentarlo
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:
- En el registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba.
- En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.
- En las Oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registro.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre.