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Información del trámite
Alta o Inscripción y traslado de domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes
Quién lo gestiona | Unidad de Estadística |
Cuándo se puede realizar | No tiene plazos |
Está sujeto a tasas | No |
Cómo realizarlo
- Descargue, cumplimente y firme el Impreso modelo 60-444 Padrón Municipal de Habitantes.
- Disponga de la siguiente documentación acreditativa de la identidad, en vigor:
- Españoles: DNI (obligatorio para mayores de 14 años) y Libro de Familia o Certificado de nacimiento para menores de 14 años.
- Extranjeros (mayores de edad, menores nacidos en el extranjero y menores nacidos en España con más de 3 meses):
- Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.
- Resto: Tarjeta de Identidad de Extranjero expedida por las autoridades españolas, en la que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o, en su defecto, pasaporte expedido por las autoridades de su país.
- Extranjeros menores nacidos en España con menos de 3 meses: Libro de Familia o Certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas, en caso de que no dispongan de un documento de identificación.
- Disponga de la siguiente documentación acreditativa de representación de menores e incapacitados:
- Menores no emancipados: Libro de Familia o Certificado de nacimiento. En casos de separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guardia y custodia.
Cuando se solicite la inscripción de un menor con uno solo de sus progenitores, se debe presentar la autorización del otro para el empadronamiento o, en su defecto, declaración responsable firmada por el que realiza la solicitud de tener la guardia y custodia del menor y capacidad legal suficiente para hacer la inscripción, según el modelo suministrado por el Ayuntamiento. - Incapacitados: Resolución judicial que acredite la representación legal.
- Menores no emancipados: Libro de Familia o Certificado de nacimiento. En casos de separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guardia y custodia.
- Disponga de la siguiente documentación acreditativa del domicilio:
- Título de propiedad (Escritura, Nota del Registro o último recibo del IBI).
- Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler.
- Última factura de compañía suministradora de agua, electricidad o gas natural.
- Disponga de la siguiente documentación en caso de autorización de la persona empadronada:
- Título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...) a nombre de la misma y del documento de identidad.
- Impreso modelo 60-170 Autorización traslado domicilio cumplimentado y firmado.
- Opcionalmente, para cambiar de domicilio en la Jefatura Provincial de Tráfico, deberá aportar copia del permiso/s de circulación del vehículo/ s propiedad de las personas a las que afecta el cambio de domicilio en el Padrón Municipal de Habitantes (salvo Ceuta, Melilla y Canarias).
- Personas de Unión Europea, no españolas: En el caso de ALTA por cambio de residencia, deben aportar obligatoriamente la "Declaración de intención de voto". El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos de la identidad y/o uso del domicilio, para comprobar la veracidad de los contenidos en el Padrón Municipal. (Ver trámite de Declaración de intención de voto)
- Presente la documentación.
Instrucciones para cumplimentar el impreso 60-444
1.- Escriba en letras mayúsculas, indicando con claridad todos los datos que corresponden a cada una de las personas que se inscriben en la hoja. El nombre y los apellidos se transcribirán del mismo modo que figure en su documento de identidad.
2.- Domicilio: Indique la dirección completa del domicilio en el que solicita el empadronamiento: calle, número, escalera, piso y puerta.
3.- Nivel de Estudios terminados: se consignará el certificado o título escolar o académico que se posea mediante el código correspondiente de la tabla de Códigos de Nivel de Estudios.
4.- Causa de la inscripción:
- Si solicita la inscripción por traslado de domicilio, marque con X la casilla "Cambio de domicilio".
- Si se trata de la inscripción de una persona que no estuviera empadronada o que desconociera el municipio de su anterior inscripción padronal, marque con X la casilla "Omisión".
- Para la inscripción de recién nacidos, marque con X la casilla "Nacimiento".
- Si se solicita la inscripción por traslado de residencia, marque con X la casilla "Cambio de residencia", e indique la provincia y el municipio de procedencia. Si procede del extranjero, indique el país y, en su caso, el consulado español donde estaba inscrito.
5.- Firma: La hoja debe ser firmada por todas las personas mayores de edad inscritas en ella, cada una en la casilla correspondiente a su línea de inscripción.
6.- Menores de edad y mayores incapacitados: firmará la persona mayor de edad (padre/madre/representante legal) que solicita su empadronamiento en esa vivienda.
7.- Rellene la casilla "Número total de personas inscritas en esta hoja" para garantizar la inalterabilidad de los espacios que hayan podido quedar en blanco.
8.- Autorización de empadronamiento. Este apartado deberá cumplimentarse en los siguientes casos:
8.1.- Si en el domicilio figuran empadronadas otras personas:
- Deberá cumplimentar y firmar la autorización una de las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio, que tenga un documento acreditativo del uso o propiedad de la vivienda, que legitime su ocupación.
- En el caso de que ninguna de las empadronadas disponga de título de la vivienda, será también necesario que una de las propietarias lo acredite y firme la autorización.
8.2.- Cuando en el domicilio no residan otras personas y ninguna de las que se inscriben sea titular de la vivienda, será necesario que una de las titulares de la vivienda lo acredite y firme la autorización.
9.- La presentación de esta hoja cumplimentada en su Ayuntamiento implica su conformidad para actualizar el Censo Electoral, en consonancia con los datos reflejados en ella.
Aviso importante: La falsedad en los datos declarados puede ser constitutiva de delito.
Dónde presentarlo
En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:
- En el registro electrónico del Ayuntamiento de Córdoba.
- En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el art. 2.1 de la ley 39/2015.
- En las Oficinas de Correos.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registro.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.
- Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre