Información del trámite

El objeto de este trámite es obtener la autorización para que un vehículo pueda acceder a zonas restringidas a la circulación en el Casco Histórico de Córdoba, conforme a lo dispuesto en Acuerdo de la Junta de Gobierno número 342/14 de 25 de abril.

Quién lo gestionaDelegación de Movilidad
Cuándo se puede realizar

El plazo máximo para resolver esta solicitud será de 6 meses

a partir de la fecha de registro de la misma

Está sujeto a tasas 

Requisitos exigidos

La no presentación de la documentación aquí requerida supondrá una demora en la gestión administrativa. Para mayor agilidad en el trámite se ruega aportar la documentación completa.

Para todos los casos:

  • D.N.I en vigor de la persona solicitante y aquellas otras personas intervinientes en la solicitud (familiar designado en dependencia, arrendador caso alquileres).
  • Permiso de circulación del vehículo. Caso que la persona solicitante no sea titular del vehículo, deberá aportarse, además, póliza del seguro del vehículo donde quede reflejado como conductora habitual. El vehículo debe estar empadronado en el municipio de Córdoba, caso de solicitarlo por residente. Si la petición es por dependencia o cortesía el titular del vehículo se referirá a la persona designada.

Según el caso:

  • Residente con dependencia: Informe médico o, en su caso, informe expedido por órgano competente de la Junta de Andalucía (Consejería de Salud) acreditativo de la necesidad de asistencia.

  • Alquiler: Contrato de alquiler o documento que acredite de forma legítima la relación con el inmueble si no es propietario del mismo (vivienda, cochera, local). Sólo se admitirá documento de cesión para autorización estable por Cochera en favor de los hijos/as de la persona propietaria hasta un máximo de dos.

  • Residentes no empadronados en alquiler temporal: Se podrá considerar el no empadronamiento en aquellos casos que se justifique documentalmente la temporalidad por tiempo inferior a un año.

  • Establecimientos: Certificado de situación censal emitido por la Agencia Tributaria (acreditativo de la vigencia de la actividad) y licencia de apertura del establecimiento o declaración responsable de apertura del mismo que se haya presentado en Gerencia Municipal de Urbanismo.

  • Persona con movilidad reducida: Tarjeta Azul de Aparcamiento en vigor, concedida por el Centro de Valoración y Orientación de la Junta de Andalucía.

  • Renovaciones: Para el caso de renovaciones sólo deberá acompañarse la solicitud de aquella documentación susceptible de modificación respecto a la presentada originariamente (informe médico, contrato de alquiler actualizado, certificado de situación censal para establecimientos, tarjeta azul de estacionamiento para PMR si ha caducado, etc.). En el caso de Residentes en Alquiler, la renovación conllevará el empadronamiento de la persona y el vehículo en el domicilio que originó la autorización. 

Cómo realizarlo

Para solicitar la autorización de acceso ACIRE debe seguir estos pasos:

  1. Comprobar en el plano o en el listado si su vía de destino está localizada en ACIRE o Entorno Especial.

  2. Identificar si pertenece a uno de los siguientes grupos:
    - Residente
    - Residente con atención familiar por dependencia
    - Usuario de cochera
    - Titular de establecimiento en la zona
    - Propietario de inmueble
    - Persona con movilidad reducida (Titular de tarjeta de aparcamiento)

  3. Caso de no pertenecer a uno de estos grupos y precise acceder puntualmente, puede realizarlo en comunicación previa.

  4. Presentar la solicitud y la documentación requerida.

Dónde presentarlo

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Por lo tanto, la documentación podrá presentarse:

Normativa

Ordenanzas Fiscales

  • O.F. Núm. 100: Trámite duplicados tarjeta pilonas (Epígrafe 2, letra i).
  • O.F. Núm. 106: Cortes de tráfico, mudanzas – Señalización - Copias de croquis (Tarifas 6, 7 y 10).
  • O.F. Núm. 403: Reservas de estacionamientos: obras, personas con movilidad reducida, específicas (Tarifas 3 y 4).
  • O.F. Núm. 407: Zona Azul (Tarifa 2).

Ordenanzas Fiscales 2024.