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¿Cómo realizar el trámite?

Descargar el  Impreso de solicitud de domiciliación bancaria y presentarlo debidamente cumplimentado y firmado por el titular de la cuenta corriente de cualquiera de las formas que aquí se relacionan:

  • A través de la Oficina Virtual Tributaria, pulsando acceder.
  • Presentando el impreso en el Registro General de Entrada
  • Presencialmente en la Oficina de Atención Tributaria sita en Gran Capitán, 6 (necesaria cita previa)
  • Por correo electrónico escaneado junto al DNI del titular de la cuenta a la siguiente dirección de correo: oat@ayuncordoba.es 

Plazos

Dos meses antes del período de cobro.

Normativa

Artículo 73.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Comunicación a la persona interesada

MUY IMPORTANTE: Los obligados al pago podrán domiciliar el pago de las deudas a las que se refiere esta sección en cuentas abiertas en entidades de crédito.
Para ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 38, dirigirán comunicación al órgano de recaudación correspondiente al menos con dos meses antes del comienzo del periodo de cobro. En otro caso, la comunicación surtirá efecto a partir del periodo siguiente.
Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad de crédito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas. En este último caso, la Administración deberá notificar el acuerdo por el que declare la invalidez al obligado al pago y a la entidad colaboradora.

(Art. 25.2 del RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación).

Departamento que gestiona el trámite

Departamento de Recaudación.
Delegación de Hacienda, Gestión y Admón. Pública  
C/ Capitulares, 1